Carta a la Asemblea – Documento de l@s antropolog@s de Ecuador

 Quito, 16 de septiembre de 2013

Comisión de Biodiversidad Asamblea Nacional
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Presente

De nuestras consideraciones:

Desde el Colectivo de Antropólogas y Antropólogos del Ecuador vemos con preocupación el que la Asamblea se apreste a declarar de interés nacional la explotación petrolera en los bloques 31 y 43 en el Parque Nacional y Reserva de Biósfera Yasuní. Además de los impactos ambientales y la pérdida de la biodiversidad en dicha zona de aprobarse la explotación, nos preocupa la situación de los Pueblos Indígenas Aislados y el riesgo de etnocidio al que se los estaría conduciendo, por ser pueblos que dependen de las condiciones de los recursos de la naturaleza existentes en sus territorios, para su subsistencia.

Conforme la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de la Asamblea General de Naciones Unidas (Artículo II, Resolución 260 de 1948), se entiende por Genocidio “a cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, por matanza de miembros del grupo, lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial”. El etnocidio se entiende como genocidio cultural (muerte cultural), y según la UNESCO (1981) en la Declaración de San José, se la define como “un delito de derecho internacional al igual que el genocidio”.

Más precisamente “el etnocidio consiste en la represión, deslegitimación o exterminio de los rasgos culturales de los pueblos indígenas y afro descendientes aunque sus miembros sobrevivan como individuos. Provoca la muerte de la diversidad cultural, implica la lenta desaparición de la especificidad de los hombres y de los pueblos” (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH). Etnocidio. San José, 2006).

Según la Constitución del Ecuador de 2008 (Art 57) se establece que el Estado “adoptará medidas para garantizar sus vidas, hacer respetar su autodeterminación y voluntad de permanecer en aislamiento y precautelar la observancia de sus derechos. La violación de estos derechos constituirá delito de Etnocidio, que será tipificado por la ley”. 2

Como consta en la Ley Reformatoria al Código Penal de la República del Ecuador (2009), que tipifica el delito de Genocidio y Etnocidio, se agrega antes del Art 441 del Código Penal (Título VI, Libro II Cap. De los Delitos de Genocidio y Etnocidio” se entiende sobre este tipo de delito a “ quien con propósito de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico (…)”, “perpetre algunos de los siguientes actos: “quien ocasionare la muerte de sus miembros”, “quien ocasionare lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo (…)”, “quien sometiere intencionalmente al grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial (…)”; “quien irrespetare la autodeterminación de un grupo nacional, étnico, racial (…),” “o su voluntad de permanecer en aislamiento voluntario incurrirá en delito de etnocidio”, “quien realizare con consciencia de que puede producirse la desaparición total o parcial de grupos humanos, actividades tendientes a influir, alterar o de cualquier manera cambiar la cultura, forma de vida, o identidad de los pueblos en aislamiento voluntario (…)”.

Cabe enfatizar como criterios de vulnerabilidad para el etnocidio: 1) dimensión demográfica (pueblos minoritarios y en el límite de su posibilidad de reproducción biológica), 2) disponibilidad de espacio vital (carencia de territorio para su reproducción material y agresiones sobre sus territorios), 3) agresión física y cultural 4) factores geopolíticos (pueblos en áreas fronterizas, 5) disponibilidad de alimentos, frecuentemente asociada a la posesión de espacios vitales de una dimensión suficiente para sustentar modos de producción itinerantes, 6) decantación de la cultura y destrucción del tejido social (Tomado de Entre el Etnocidio y la Extinción. IWGIA, 2010). Al hablar del etnocidio que se podría estar cometiendo con la explotación de los bloques 31 y 43 en el Yasuní, hay que tener en cuenta que estamos frente a un “contexto de situaciones forzadas”, donde hay grandes asimetrías por el hecho de que los Pueblos Aislados (tagaeri, taromenani y otros pueblos que no son parte del tronco etnolingüistico wao) que transitan entre las fronteras de Ecuador y Perú, y que estarían sometidos a un contexto de falta de control sobre las transformaciones ambientales, tecnológicas, sociales y económicas que se estarían conduciendo desde el Estado, y otros actores.

Entre la normativa internacional de la cual el Estado Ecuatoriano es suscriptor, mencionamos, el Convenio 169 de la OIT (1989) que entre otros derechos reconoce la relación especial que tienen los indígenas con las tierras y territorios que ocupan o utilizan de alguna otra manera y, en particular, los aspectos colectivos de esa relación; la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas (2007) que reconoce a los pueblos indígenas el derecho a la libre determinación. Subrayamos el artículo 7 de la Declaración que establece que los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a 3

ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia; tienen derecho a no ser sometidos a una asimilación forzada ni a la destrucción de su cultura (Art 8), y a no ser desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios (Art 10) y a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado (Art 25).

Sería lamentable que desde la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional se acoja el Informe del Ministerio de Justicia que descarta la presencia de Pueblos Indígenas Aislados en los bloques 31 y 43; lo que es sostenido también desde otras instancias gubernamentales; esto con el fin de acelerar la aprobación de la explotación petrolera, sin que se cuente con documentación analítica y los suficientes estudios antropológicos y de monitoreo técnico que den cuenta en proceso y no de manera situacional sobre los patrones de movilidad, territorialidad, prácticas de subsistencia, condiciones de habitabilidad, y vulnerabilidad de los Pueblos Indígenas Aislados.

Si bien, a lo largo de los seis años de la Iniciativa Yasuní ITT, dentro de la difusión internacional de esta iniciativa posicionada como emblemática, se utilizó además de los distintos argumentos ambientales como enfrentar el cambio climático, la idea de la protección de los Pueblos Indígenas Aislados. Esto con el fin de convocar a la co-responsabilidad de los países del mundo. Es grave que actualmente se esté cambiando de discurso.

Desde el Decreto Ejecutivo No. 74, del 15 de agosto de 2013 que da por terminada la Iniciativa Yasuní ITT, el discurso gubernamental ha dado un giro, revirtiendo la observancia de varios artículos de la Constitución vigente. Resulta altamente preocupante el hecho de que se efectivice la explotación petrolera en el bloque 43, pudiendo generar impactos ambientales en una zona frágil por su alta biodiversidad, ampliando aún más el deterioro ocasionado en el ya intervenido Parque Nacional y Reserva de Biósfera Yasuní con la presencia de varios de los bloques con actividad extractiva (14, 16, 17) operados por varias empresas petroleras, y más recientemente el 31 operado por PetroAmazonas. Es evidente que la explotación en el bloque 43 vulnerará y pondrá en riesgo la vida de los Pueblos Aislados Tagaeri – Taromenane, situándolos al límite del etnocidio.

Cabe recordar a los y las Asambleístas que el Estado ecuatoriano tiene responsabilidades y obligaciones según lo dispuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el 2006, con relación a precautelar la vida de los Pueblos Indígenas Aislados. Así mismo, la Constitución en el artículo 57 establece que “los territorios de los pueblos en Aislamiento voluntario son de posesión ancestral, irreductible e intangible y en ellos estarán vedadas todo tipo de actividades extractivas”. El Estado por tanto está llamado a precautelar esta intangibilidad e irreductibilidad que garantizan la vida de estos pueblos, y 4

que por ningún motivo, ni siquiera por “interés estratégico nacional” podrían ser menguadas.

Conforme a este mandato constitucional el Estado, los/as funcionarios/as de las distintas carteras de gobierno, como los/as Asambleístas deberían dar cumplimiento a la adopción necesaria de medidas que garanticen la vida de los Pueblos Indígenas Aislados. Se requiere por tanto, y recomendamos como antropólogas/os, que exista una distinción entre los mapas de territorialidad y mapas de presencia de Pueblos Indígenas Aislados. Para ello se necesita un análisis exhaustivo, procesual y fundamentado de los patrones de movilidad, condiciones de habitabilidad, e itinerancia de los Pueblos Aislados, así como de sus zonas de tránsito considerando que en su carácter semi-nómada tienen amplios desplazamientos territoriales, en la búsqueda de cotos de caza (de provisión de alimentos como animales de monte para cacería), espacios de fructificación de palmas como el morete y la chonta, por lo que su movilidad está asociada a patrones de estacionalidad, los cuales hasta el momento no han sido identificados a plenitud.

Se ha detectado el tránsito y uso tradicional del territorio de Pueblos Aislados en zonas de los bloques Armadillo, bloque 17 (PETROORIENTAL), bloque 14 (PETROORIENTAL), bloque 16 (REPSOL YPF), bloque Tiwino (PETROBEL), bloque 31 (PETROAMAZONAS) con presencia de operadores petroleros, y comunidades kichwas y waorani donde se han suscitado encuentros y hechos violentos, lo que se podría explicar por su requerimiento de ciertas herramientas o inclusive de productos sembrados (yuca y otros). Existen indicios de relaciones mantenidas entre clanes taromaneni y waorani, como por ejemplo en la zona aledaña al bloque 16 (caso de relaciones de intercambio expuestas en el video de la narrativa de Ompore posteriormente muerto lanceado). Existe información de pobladores waorani de las comunidades cercanas que reportan su movilidad y desplazamiento a lo largo de lo que ha sido para los waorani su territorio tradicional comprendido entre los ríos Napo (Doroboro) y el Curaray (Ewengono) conforme la lengua waoterero.

Cabe considerar que en estudio efectuado en el 2006, el Antropólogo Jorge Trujillo en Informe de Consultoría para el Ministerio de Ambiente “Formulación de Políticas, Definición de Acuerdos y Elaboración de Regulaciones para la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane”, menciona que en el Estudio de Impacto Ambiental para la ejecución de la sísmica del bloque 31 (del cual fue parte como investigador) se dio cuenta de la existencia de los “taromenga” en la zona y que estos grupos utilizan las formaciones de moretales de la Cuenca del Nashiño como cotos de caza. Así mismo, el Informe Técnico sobre la Situación de Obe y Nashiño del Plan de Reparación Ambiental y Social (PRAS-MAE, 2008), establece que por sobrevuelo realizado por el Ministerio de Ambiente con apoyo del Ministerio de Defensa realizado en diciembre de dicho año, se avistaron 2 casas localizadas 5

de forma separada, una parcialmente destruida y una en buenas condiciones, con lo que revelan presencia de clanes de Pueblos Aislados en la zona.

Los sectores comprendidos por los bloques 31 y 43 tienen una vegetación predominantemente constituida por formaciones de moretal, tierras bajas inundables donde la especie vegetal predominante es la mauritia flexuosa, llamada tradicionalmente morete. “Esta palma establece grandes formaciones sobre tierras anegadas y su fructificación es un determinante en la movilidad de los Indígenas Aislados, ya que atrae a gran cantidad de presas de cacería” (tomado de Plan de Reparación Ambiental y Social – PRAS – MAE, Informe Técnico sobre la situación de Obe y Nashiño, 2008).

Por estas condiciones podríamos considerar que al tener una menor intervención de terceros pueden estar funcionando como “zona de refugio”, de resguardo, como espacio de provisión de recursos de cacería, frutos y semillas o simplemente pueden ser su zona de uso y movilidad tradicional.

Entre los criterios antropológicos que deben entenderse y considerarse con respecto a Pueblos Indígenas Aislados, en la definición de áreas de presencia y movilidad se debe incluir: las evidencias de los hechos de violencia suscitados en los últimos 10 años; los espacios en que marcan sus territorios con lanzas y quiebre de ramas; los ataques realizados desde la década del 70 en los sectores de los ríos Tivacuno, Tiputini, Shiripuno, Tiguino que deben ser marcadores de presencia de Pueblos Indígenas Aislados; así mismo, las zonas donde pobladores waorani han identificado la presencia de huellas e incluso han reportado encuentros. Por tanto, estas distintas zonas deben ser consideradas dentro de un proceso de planificación territorial serio, que respete los derechos de estos pueblos altamente vulnerables y sobre los cuales al hablar de territorialidad se debe observar el principio de precaución, lo que significa adoptar medidas protectoras antes de contar con pruebas científicas completas de riesgo, a fin de prevenir daños irreparables.

Preocupa que el Ministerio de Justicia asegure enfáticamente que los pueblos contactados no están en el ITT y que desde la Coordinación del Plan de Medidas Cautelares, en exposición ante la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional el miércoles 4 de septiembre de 2013, se haya presentado un Mapa totalmente diferente al elaborado por el Ministerio de Ambiente en el 2010 y remitido por la Procuraduría General del Estado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 23 de abril del presente año. El mapa vigente hasta hace menos de 5 meses se habría transformado en uno nuevo remitido el 22 de agosto desde el Ministerio de Justicia al Secretario Jurídico de la Presidencia. Este último ya no muestra cuatro grupos con distinta área de movilidad, sino que se reduce a tres: 1) Grupo Tivacuno, 2) Grupo Cuchiyacu, 3) Grupo Nashiño/ Curaray, ubicándoselos 6

más al sur, y con ello justificando de manera apresurada que al no haber señales de presencia de los Pueblos Aislados en los bloques 31 y 43, se autorice la exploración en el bloque Ishpingo, Tambococha, Tiputini ITT.

Llama la atención que la nueva producción cartográfica que se supone es producto de un proceso de monitoreo, no haya sido difundida previamente, y que ahora estratégicamente, por una parte se borre el grupo Armadillo, zona donde en algún momento inclusive se planteó desde el Plan de Medidas Cautelares antes con sede en el Ministerio de Ambiente, que no debería permitirse actividad petrolera por evidencias de presencia de pueblos aislados, sin embargo se hizo caso omiso; por otra parte, al grupo Nashiño, antes ubicado en las inmediaciones del bloque 31, actualmente se lo de desplaza más hacia el río Curaray; lo que explica el interés de borrar a los Pueblos Indígenas Aislados de los lugares de interés extractivo.

Instamos a la Comisión de Biodiversidad responsable de condensar los Informes de las Comisiones de Derechos Colectivos y Justicia, que antes de pasar a primer debate en la Asamblea Nacional, se efectúe lo siguiente:

 El Ministerio de Justicia clarifique los estudios antropológicos efectuados y los informes técnicos con los cuales afirman la no presencia de clanes de Pueblos Aislados en los bloques 31 y 43.

 Se conforme una Comisión Científica de Amazonistas, independiente, no establecida por el gobierno y con expertos regionales en Pueblos Indígenas Aislados y en coordinación con el Relator Especial para los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, James Anaya, para que emitan criterios de validación de los argumentos presentados por el Ministerio de Justicia. De esta manera, se podrá tener mayor certeza sobre los procedimientos científicos desarrollados para el monitoreo e investigación en ambos bloques (31 y 43), como en las demás zonas del Parque Nacional y Reserva de Biósfera Yasuní.

Entregamos junto a esta carta un Pronunciamiento efectuado sobre la Problemática de los Pueblos Aislados, y que cuenta con un total de 68.828 adhesiones recabadas a través de dos campañas electrónicas: la primera realizada en Change.org con 497 adhesiones (http://www.change.org/es/peticiones/que-el-estado-ecuatoriano-proteja-la-vida-y-derechos-del-pueblo-taromenani); la segunda, en Salva la Selva con 67.731 (https://www.salvalaselva.org/mailalert/918/selva-para-los-pueblos-aislados-del-ecuador), esto más 600 firmas recogidas físicamente.

El Pronunciamiento fue efectuado para solicitar al gobierno una acción decidida para no dejar en la impunidad sucesos de muerte y exterminio de los Pueblos Indígenas Aislados 7

(Taromenani) ocurridos entre 2003 y 2013; que se esclarezcan los distintos factores coadyuvantes vinculados precisamente a las actividades intrusivas en el Yasuní (extracción petrolera, explotación forestal ilegal, construcción de ejes viales, entre otras); que se implemente una Política de Protección de los Pueblos Indígenas Aislados que cumpla de manera efectiva con las Medidas Cautelares y estándares internacionales en la materia y que se cumpla con las disposiciones constitucionales.

Les recordamos que han pasado 5 meses desde que circuló información sobre el ataque de Waorani de comunidades del bloque 16 en contra de familias en aislamiento Taromenane. Al respecto, si bien la Fiscalía se encuentra en un proceso de indagación previa, y existe una Comisión conformada mediante Decreto Ejecutivo para investigar los sucesos y generar recomendaciones, todavía no existe un pronunciamiento oficial. Es incomprensible que en este proceso que el Ministerio de Justicia haya permanecido en total silencio sin aclarar sus acciones y omisiones y sin presentar públicamente las acciones que implementó desde el día en que se conoció del ataque de Aislados en contra de dos ancianos Waorani en la comunidad de Yarentaro, lo que desencadenó los referidos sucesos posteriores.

En espera de que se dé atención a lo solicitado, nos despedimos,

Atentamente,

Colectivo de Antropólogas y Antropólogos de Ecuador

Científicos y Científicas Preocupados por el Yasuní

Declaración revisada sobre el Parque Nacional Yasuní

23 de septiembre de 2013
En 2010, un grupo de científicos y científicas publicó en la revista científica PLOS ONE la primera síntesis integral y revisada por pares con datos sobre la biodiversidad del Parque Nacional Yasuní. 1 Ese estudio concluía que Yasuní tiene a) una excepcional importancia mundial para la conservación debido a su extraordinaria biodiversidad y b) el potencial para mantener esta diversidad biológica en el largo plazo si no es degradada por actividades humanas tales como el desarrollo petrolero y las vías que lo acompañan.
Aquí los Científicos y Científicas Preocupados por el Yasuní revisamos los hallazgos clave del estudio del 2010 sobre la riqueza de especies y presentamos nueva información obtenida en los tres años y medio que han transcurrido desde su publicación, y reafirmamos una serie de recomendaciones basadas en investigaciones
científicas.

El grupo de Científicos y Científicas Preocupados por el Yasuní consiste de mas de 100 personas dedicadas a la ciencia del Ecuador y del mundo (Alemania, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Gran Bretaña, Italia, México, Panamá,Paraguay, Perú, Suiza e Turquía) con experiencia en el parque.
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La Asamblea ecuatoriana está al momento discutiendo la propuesta del Presidente Rafael Correa de abrir la remota sección noreste del Parque Nacional Yasuní, las áreas conocidas como bloques petroleros 31 e ITT, a una operación de perforación de petróleo potencialmente masiva. Teniendo en cuenta que le área está dentro del parque, la Asamblea deberá declarar los proyectos como de interés nacional. El nuevo y agresivo empuje de explotación petrolera del Presidente Correa viene tras su anuncio del fracaso de la iniciativa de búsqueda a escala internacional de compensación financiera a cambio de dejar el petróleo bajo tierra.  [ bajar el documento completo ]

Solicitud para la declaración de interés nacional de la explotación petrolera de los bloquues 31 y 43 (ITT) dentro del Parque Nacional Yasuní

Aquí se encuentra “la Solicitud* del Presidente de la República para que la Asamblea Nacional declare de interés nacional la explotación petrolera de los bloques 31 y 43, dentro del Parque Nacional Yasuní”.
El documento esta dividido en 5 partes:
a) Solicitud del presidente de la República Rafael Correa
b) Informe del Ministerio del Ambiente
c) Informe del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables
d) Informe del Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos
e) Informe del Ministerio Coordinador de Política Económica
f) Calificación del CAL (Consejo de Administración Legislativa) de la solicitud del Presidente de la República para que la Asamblea Nacional declare de interés nacional la explotación petrolera de los bloques 31 y 43, dentro del Parque Nacional Yasuní

* Solicitud trasmitida por parte del Presidente Constitucional de la Republica Rafael Correa Delgado, oficio T.4980-SNJ-13-719 enviada con fecha 23 de agosto de 2013 a la Señora Gabriela Rivadeneira Burbano, Presidenta de la Asamblea Nacional.

Tuberia y nueva via petrolera (Bloque 12, Petroamazonas)

Nuevo ramal de la Via petrolera OXY (ahora bloque 12, operado por Petroamazonas).

Galeria de fotos geo-referenciadas en los mapas satelitales de Google Earth (investigación de campo, 2011).

Via Petrolera OXY y oleoductos en superficie (Petroamazonas, bloque 12)

Via Petrolera OXY y oleoductos en superficie (Petroamazonas, bloque 12)

Sobre el fracaso de la Iniciativa Yasuni-ITT. Rueda de prensa

Rueda de Prensa de las Organizaciones de la sociedad civil ecuatoriana (16 de Agosto, 2013).


Esperanza Martinez (Acción Ecologica)

Humberto Cholango (Presidente de la CONAIE)

Elsie Monge (Directora de la Comisión Ecuatoriada Dererechos Humanos, CEDHU)

Eduardo Pichilingue (Observatorio Derechos Colectivos, CDES)

Carlos Perez (ECUARUNARI)

Lady Morales (Federación de Estudiantes Secundarios de Ecuador, FESE)

El Gobierno pone fin a la iniciativa Yasuní-ITT y avala su explotación

Mediante cadena nacional, el presidente Rafael Correa anunció anoche que el Gobierno explotará el petróleo del Parque Nacional Yasuní, con lo que se obtendrían 18.000 millones de dólares que se destinarán a la Amazonía.
Con ello, el Gobierno puso fin a la denominada iniciativa Yasuní-ITT, que lanzó en el 2007, para obtener 3.600 millones de dólares en contribuciones financieras de la comunidad internacional para dejar el petróleo bajo tierra.

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Para viabilizar esta decisión, a la que calificó de necesaria, Correa firmó el decreto Nº 74 en el que establece que solicitará a la Asamblea Nacional la declaratoria de interés nacional al aprovechamiento del petróleo en el Yasuní, que afectará a menos del uno por mil del parque, el cual tiene en total más de un millón de hectáreas.
El decreto establece la liquidación de los fideicomisos para administrar los recursos que obtuviera la propuesta de no explotar 920 millones de barriles de petróleo de los campos Ishpingo, Tambococha y Tiputini (ITT).
Tras enfatizar que el factor fundamental del fracaso de esta propuesta fue que “el mundo es una gran hipocresía, pues la lógica que prevalece no es la de la justicia, si no la del poder”, Correa explicó que el aprovechamiento de las reservas del ITT arrojaría un valor presente neto de $ 18.292 millones que se destinarán “a vencer la miseria, especialmente de la Amazonía”.
De estos recursos, especificó, los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) de la Amazonía recibirían $ 258 millones por la Ley 010, y $ 1.882 millones por la repartición del 12% de los excedentes petroleros.
Anunció que los trabajos en el campo Tiputini, que estarán a cargo de la estatal Petroamazonas, se iniciarán en las próximas semanas una vez terminada la consulta previa y con los permisos ambientales respectivos, pues el 80% de este campo está fuera del parque.
El mandatario anunció que se lanzará una campaña comunicacional para explicar las técnicas de extracción de última generación que se emplearán.
Esta semana algunas organizaciones retomaron el pedido de que el tema sea definido en una consulta popular, como manda el art. 407 de la Constitución para los casos en que se pretende explotar recursos en áreas protegidas y declaradas intangibles.
La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) desafió al presidente a hacerlo (convocar a consulta popular) el pasado miércoles.

Fuente: El Universo

Ecuador approves Yasuni park oil drilling in Amazon rainforest

Ecuador has abandoned a conservation plan that would have paid the country not to drill for oil in previously untouched parts of Yasuni National Park in the Amazon rainforest.

denise-news-picturePresident Rafael Correa said rich nations had failed to back the initiative, leaving Ecuador with no choice but go ahead with drilling.
The park is one of the most biodiverse areas in the world.
Hundreds of people gathered in Quito to protest against Mr Correa’s decision.
Oil exploitation has been taking place in parts of the Yasuni National Park since the 1970s.
The UN-backed scheme to attract donations to forego drilling in the east of the park was launched by Mr Correa in 2010.
But in a televised news conference on Thursday, Mr Correa said the initiative – known as the “Yasuni-ITT trust fund” – had attracted only a fraction of the cash it had aimed to raise.
“I have signed the executive decree for the liquidation of the Yasuni-ITT trust fund and through it, end the initiative,” the president said in a televised address.
He called the decision one of the most difficult he had had to take as president.
Oil is Ecuador’s main export. Exploitation of the new area is expected to start in the coming weeks.

FUENTE: bbc.co.uk

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Indígenas anuncian protestas si se explota el Yasuní

La Conaie, Ecuarunari y Pachakutik, anunciaron este miércoles que realizarán una protesta el próximo 27 de agosto si el gobierno ecuatoriano decide explotar pétroleo en el Parque Nacional Yasuní, reporta diario El Universo.

Además, Carlos Pérez, presidente de la Ecuarunari, pidió al gobierno que convoque a una consulta popular para que el pueblo ecuatoriano decida sobre el futuro del Yasuní.

“Si explota el Yasuní-ITT al gobierno se le caerá su careta de ambientalista y deberá cambiar su color verde“, agregó Pérez.

El presidente Rafael Correa mantiene hoy una reunión con su gabinete para seguir analizando el tema.

Anoche, el vicepresidente Jorge Glas dijo que los resultados económicos de la iniciativa Yasuní-ITT “no fueron los esperados por el Estado ecuatoriano”, según reporta un comunicado publicado por la web de la Vicepresidencia.

El proyecto, que se realiza con el apoyo del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, busca dejar bajo tierra cerca de 838 millones de barriles de petróleo del eje Ishpingo-Tambococha y Tiputini (ITT), ubicados en la reserva Yasuní, que al precio actual supera los USD 9 000 millones en ingresos. Ello, a cambio de una compensación de la comunidad internacional de USD 3 600 millones en 12 años.

FUENTE: la Republica.ec

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Presentación “Territorio y representaciones: la geografía imposible de la Zona Intangible Tagaeri Taromenane”

Presentación de la intervención del prof. Massimo De Marchi en la asamblea abierta sobre los “Pueblos no contactados. Conflicto Waorani y Tagaeri-Taromenane“, coordinada por la Organizaciòn Diabluma. Este evento ha sido organizado en el Edificio de la Asamblea Nacional de Ecuador el día 23 de julio 2013. [descarga la presentación]

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Intervenieron:

16:15 Prof. Massimo de Marchi: ”Territorio y representaciones: la geografia imposible de la Zona Intangible Tagaeri Taromenane”. PhD, Università di Padova (Italia) y Proyecto Prometeo

17:00 Bepi Tonello: Planteamiento Inicial de la Comisión para la Investigación de las Disputas Existentes entre los Pueblos No Contactados. Director de la Comisión para la Investigación de las Disputas Existentes entre los Pueblos No Contactados

15.15 José Proaño: Situación actual de los Pueblos Aislados en el Yasuni. Antropologo experto en Pueblos Aislados.

Ecuador Pushes Bid Deadline for 11th Oil-Licensing Round to Nov. 28

Fuente: Wall Street Journal (16th july)

Mapa catastral Ecuador (Secretaria de Hidrocarburos)

Mapa catastral Ecuador (Secretaria de Hidrocarburos)

QUITO, Ecuador–Ecuador has extended for the second time the deadline to submit offers for companies interested in the country’s 11th oil-licensing round to explore for oil in blocks located in the southeastern Amazon region, the Ministry of Nonrenewable Natural Resources said Tuesday.
The original deadline to submit offers was May 30, but in April the government of President Rafael Correa extended the deadline to July 16. On Tuesday, the government extended the deadline again, to Nov. 28.
The licensing round was called last November for 13 oil blocks in Pastaza and Morona Santiago provinces, near the border with Peru.
As part of the licensing round, state-run oil company Petroamazonas also plans to negotiate directly with foreign state-owned companies to jointly develop three other blocks in the area.
“The bid opening was suspended after a request from companies that bought papers that asked for more time to evaluate the blocks,” the Nonrenewable Natural Resources Minister Pedro Merizalde told Dow Jones Newswires, without providing further details.
According to the minister, 10 companies, between private and state-owned, have bought the necessary documents to submit offers.
Last year, the government said about 20 companies had expressed interest in the tender, including Repsol (REP, REPYY), Pacific Rubiales Energy (PRE.T, PEGFF), Talisman Energy In. (TLM) and state-owned companies from Peru, Colombia, Turkey and Vietnam, among others.
Analysts have said the licensing round will be a test of how the Ecuadorean oil sector is seen by investors following the government’s 2010 decision to change oil contracts. Private oil producers currently receive fees per barrel rather than taking ownership of the oil they extract.
Additionally, indigenous communities and environmental groups have asked private and public companies not to participate in the bidding, arguing it violates the rights of at least seven indigenous nationalities by imposing oil projects in their ancestral territories.
On Tuesday, the Confederation of Indigenous Nationalities of Ecuador, or CONAIE, and the Confederation of Amazonian Indigenous Nationalities of Ecuador, or CONFENIAE, gathered in the central square of Puyo, in Pastaza province, to oppose the auction that they say “would devastate their communities and their way of life.”
Franco Viteri, president of CONFENIAE, said that the nationalities were on alert and would “not rest” until the oil round was canceled. He also said they were willing to mobilize further if needed.